FACTURACIÓN · VERIFACTU Y FACTURA ELECTRÓNICA
¿Qué fechas te tocan de Verifactu y de la factura electrónica?
Responde tres preguntas. Te decimos qué fechas te tocan, cuántos días faltan y qué hacer en cada una, con la fuente de cada fecha. Datos de la AEAT y del BOE leídos el 30 de octubre de 2026.
Cuéntanos cómo facturas
Tus fechas
Responde las tres preguntas para ver tus fechas.
Las fechas de un vistazo
Todas las fechas que publican hoy la AEAT y el BOE, sin tener en cuenta tu caso.
| Fecha | Qué | A quién |
|---|---|---|
| Antes del 1 de enero de 2027 | Programa de facturación adaptado a Verifactu | Quien presenta el Impuesto sobre Sociedades |
| Antes del 1 de julio de 2027 | Programa de facturación adaptado a Verifactu | El resto de obligados tributarios |
| Desde el 6 de octubre de 2027 | Emitir y recibir factura electrónica, y comunicar su estado y el de los pagos | Grandes empresarios y profesionales (más de 8 millones de euros de volumen de operaciones a efectos del IVA el año anterior) |
| Desde el 6 de octubre de 2028 | Emitir y recibir factura electrónica, y comunicar su estado y el de los pagos | El resto de empresarios y profesionales que sean personas jurídicas o entidades |
| Desde el 6 de octubre de 2028 | Emitir y recibir factura electrónica | El resto de empresarios y profesionales que sean personas físicas o entidades en atribución de rentas |
| Desde el 6 de octubre de 2029 | Comunicar el estado de las facturas y de los pagos | El resto de empresarios y profesionales que sean personas físicas o entidades en atribución de rentas |
De dónde salen las fechas
- Verifactu. Nota de la AEAT sobre los nuevos plazos (página actualizada el 13 de octubre de 2026, leída el 30 de octubre de 2026). Norma que los fija: Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre. Quién entra y qué es un sistema de facturación: artículos 1 y 3 del Real Decreto 1007/2023 en el BOE.
- Factura electrónica entre empresas. Calendario de implantación de la AEAT (actualizado el 13 de octubre de 2026, leído el 30 de octubre de 2026) y Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, en vigor el 6 de octubre de 2026, que hace empezar a contar los plazos.
- Previsión de octubre de 2028. Nota de Hacienda del 5 de octubre de 2026 (leída el 29 de octubre de 2026): prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de los sistemas de facturación. Es una previsión. No hemos encontrado ninguna norma que la apruebe.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu y la factura electrónica son lo mismo?
No. Verifactu es el reglamento de los requisitos que debe cumplir el programa con el que emites facturas: genera un registro de cada factura y un código QR. La factura electrónica obligatoria es otra norma: las facturas entre empresarios y profesionales se emiten y se reciben en formato electrónico. Tienen fechas distintas.
¿Qué es el volumen de operaciones de 8 millones?
Es el criterio de la AEAT para separar a los grandes empresarios y profesionales: haber superado los 8 millones de euros de volumen de operaciones a efectos del IVA en el año natural inmediato anterior. Quien no llega entra en «el resto». Si no sabes la cifra, pregunta a tu asesoría y mientras tanto la herramienta te enseña las dos fechas.
¿Y si mi programa de facturación no avisa de nada?
Pregunta a quien te lo vende si ya tiene la versión adaptada a Verifactu y desde cuándo, y pídele la respuesta por escrito. La fecha límite es tuya, no del fabricante.
¿Se guarda o se envía lo que respondo?
No. Las fechas se calculan en tu navegador, sin conexiones, y no se guarda nada. Si recargas la página, empiezas de cero.
Lo que esta herramienta no hace
- No es asesoramiento legal y no mira tu programa ni tus facturas. Tienes que responder tú.
- No cubre a las entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades ni a quienes llevan los libros registro del IVA por la sede electrónica de la AEAT (el Suministro Inmediato de Información). El Real Decreto 1007/2023 los deja fuera.
- La factura electrónica obligatoria es entre empresarios y profesionales establecidos en España. No habla de las facturas a particulares.
- Las fechas pueden cambiar si se aprueba el aplazamiento que Hacienda prevé. Esta página se actualiza cuando salga la norma.
- No guarda nada. Si recargas la página, empiezas de cero.
¿Quieres que lo miremos contigo?
Cuéntanos con qué programa facturas y qué te falta para llegar a tu fecha. Te decimos, sin compromiso, por dónde empezar. Es voluntario y gratuito.
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